Es la Unidad encargada de ejercer el control de legalidad de los actos administrativos, contables, financieros y de gestión de la Municipalidad, en resguardo del patrimonio municipal y respeto al principio de probidad.
La Contraloría Interna, cumple una función esencialmente fiscalizadora cautelando el principio de legalidad, debiendo visar aquellos actos jurídicos documentales de contenido patrimonial, que involucre gasto o compromiso de gasto, y tendrá las siguientes funciones: 

a) Asesorar al Alcalde y al Concejo en lo relativo al control operativo interno, legal, financiero, contable, administrativo y de gestión.
b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal. 
c) Representar al Alcalde los actos que estime ilegales.
d) Informar trimestralmente al Concejo sobre el estado de cumplimiento de pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñen en servicios incorporados a su gestión conforme al artículo 29 de la ley 18.695 orgánica constitucional de municipalidades. 
e) Colaborar directamente con el Concejo en el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras.
f) Realizar con la periodicidad que determine el Reglamento Interno de Funcionamiento del Concejo, una presentación en sesión de comisión, destinada a que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que le competen.
g) Proponer y ejecutar las auditorías internas operativas y de gestión y asesorar al Concejo en la definición y evaluación de auditorías externas que éste pueda requerir. 
h) Informar anualmente al Concejo sobre el grado de cumplimiento alcanzado por las distintas unidades municipales, de las metas y objetivos fijados en el Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal.