De conformidad con el artículo 17 de la Ley N°18.695, la Secretaría Municipal, estará a cargo de un(a) Secretario(a) Municipal, cuyas funciones principales son:
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Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo.
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Desempeñarse como Ministro de Fe, en todas las actuaciones municipales.
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Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la ley N°18.575.
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De acuerdo a este reglamento, le corresponderá además, cumplir las siguientes funciones:
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Desempeñarse como Secretario(a) del Concejo.
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Cumplir diversas actuaciones, dentro de la constitución del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
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Transcribir las resoluciones del Alcalde y acuerdos del Concejo, velando por su conocimiento general.
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Redactar los oficios, decretos, resoluciones, instructivos, circulares y comunicaciones externas que se le encomienden.
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Levantar acta en cada reunión del comité Técnico Administrativo, enviando copia al resto de los Directivos.
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Elaborar el Plan de Emergencia Comunal y prestar atención inmediata, frente a situaciones de emergencia comunal imprevistas (temporales, incendios, etc.)
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Asesorar al Alcalde en la atención de situaciones que requieran su pronunciamiento o decisión directa.
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Efectuar la tramitación administrativa de los sumarios e investigaciones sumarias de la municipalidad y el registro de estos actos, velando por el cumplimiento de los plazos en estas actuaciones.
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Preparar decretos “de baja”, para las especies inutilizadas, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.
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Tener a cargo los libros de registros de marcas y señales de ganado que sean inscritas en esta Municipalidad.
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Tener a cargo la caja para gastos menores y rendir mensualmente de su utilización al Departamento de Contabilidad y Finanzas.
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Corresponderá a la Secretaría Municipal llevar y mantener al día los siguientes archivos:
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Correlativo de oficios reservados despachados.
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De contratos, Convenios y Comodatos suscritos por la Municipalidad durante el año.
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Colaborar con el Departamento de Planificación y Desarrollo Comunitario en la formulación del presupuesto municipal y de los servicios incorporados de Salud y Educación.
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Cumplir con la función de Encargado Comunal de Emergencia.
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Cumplir con la función de Encargado de la Aplicación de la Ley N°20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto por el respectivo Manual de Transparencia.
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Encargarse de la actualización de la página web institucional www.rioverde.cl.
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Desempeñarse como Encargado del Servicio Incorporado de Salud, esto es, administrar los recursos humanos y físicos de la Posta de Salud de Río Verde, labor que se ejecutará de común acuerdo con el Coordinador del Servicio Incorporado de Salud.
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Cumplir las demás funciones que le señale la Ley o el Alcalde.