El Director de Obras Municipales dependerá del Administrador Municipal y le corresponderán las siguientes funciones:
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Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
a) Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales.
b) Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción.
c) Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
d) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y
e) Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso. -
Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
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Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
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Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
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Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
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Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.
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Mantener el archivo de planos actualizado.
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Diseñar, implementar y mantener una base de datos de Contratistas, Consultores y Profesionales que hayan prestado sus servicios al municipio o los hayan ofrecido en alguna oportunidad.
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Procurar la protección y el fomento de la salubridad de los habitantes de la comuna, mediante el desarrollo de programas orientados a evitar que las condiciones ambientales modifiquen, en forma adversa, el bienestar de los diversos ámbitos de la comuna.
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Propender a la protección y resguardo de los bienes y monumentos nacionales de incidencia comunal.
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Coordinar y mantener relación con todos aquellos organismos públicos y privados en materias de urbanismo y construcción.
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Asesorar al Alcalde y al Concejo en la priorización de obras de pavimentación de aceras y calzadas de la Comuna.
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Elaborar y mantener actualizado el catastro de las edificaciones patrimoniales de la Comuna.
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Velar por la conservación del patrimonio arquitectónico de la Comuna.
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Otorgar, controlar y fiscalizar los permisos de ocupación de Bien Nacional de Uso Público en coordinación con otras unidades municipales.
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Elaborar las bases técnicas de las propuestas para la contratación de obras, en materias de su competencia.
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Asesorar en la definición de las especificaciones técnicas y/o proyectos a las unidades correspondiente, cuando se trate de obras menores.
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Otorgar los certificados de líneas, de números, afecto a utilidad pública, informes previos, permisos para publicidad y propaganda, y otros.
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Velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, denunciar las infracciones al Juzgado de Policía Local y solicitar clausuras, cierres o demoliciones cuando proceda.
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Asesorar en materia de medio ambiente a los proyectos a desarrollar por el Municipio.
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Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con materias medio ambientales.
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Diseñar, elaborar y ejecutar estudios y proyectos sobre problemas sanitario-ambientales locales.
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Coordinar acciones en materias medio ambientales con otros servicios y reparticiones públicas y privadas.
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Informar al Juez competente los incumplimientos de los planes de descontaminación, prevención, emergencia o manejo ambiental referidos en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, requiriendo la aplicación de sanciones.
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Recibir y gestionar denuncias por incumplimiento de normas ambientales e informarlas al organismo fiscalizador y Ministerio correspondiente.
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Actuar como contra parte técnica de los estudios y declaraciones de impacto ambiental que requieran pronunciamiento municipal ante el SEA (Servicio de Evaluación Ambiental).
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Aplicar, en lo que corresponda, las normas de la ley 19.300 sobre Bases de Medio Ambiente, y las demás que den competencia a las municipalidades, a este respecto.
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Ejercer las funciones del Inspector Municipal, en todas aquellas actuaciones que lo requiera la ley o la normativa municipal vigente.
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Diseñar proyectos de construcciones específicos que ocupen espacios en la vía pública, procurando la conservación y armonía arquitectónica de la Comuna. Llevar estadísticas actualizadas de todas las materias de su competencia e informarlas periódicamente al Departamento de Planificación, Desarrollo Comunitario y Fomento Productivo.
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En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
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Cumplir las demás funciones que la Ley o el Alcalde le señale.