La Unidad de Abastecimiento y Servicios Menores dependerá de Secretaría Municipal, y le corresponderá dar cumplimiento a las siguientes funciones:
 

  1. La adquisición o compra, registro, almacenaje y distribución de los materiales y elementos necesarios e indispensables para el uso exclusivo de los servicios municipales y, en general, de todo bien mueble que ingrese al patrimonio municipal.

  2. Implementar y administrar las Bodegas Municipales, manteniendo un stock de materiales necesarios, para proporcionar los elementos requeridos en caso de emergencias comunales.

  3. Colaborar con el Departamento de Planificación en la formulación del presupuesto municipal y de los servicios incorporados de Salud y Educación

  4. Mantener los bienes pertenecientes al patrimonio municipal, debidamente inventariados.

  5. Mantener la custodia de las llaves de todas las dependencias municipales.

  6. Deberá remitir los antecedentes de las compras de Emergencia y solicitar los fondos necesarios al Departamento de Finanzas.

  7. El resguardo de los bienes que se encuentran a su cargo. Para estos efectos dispondrá de registros y estadísticas que permitan conocer en forma permanente la existencia de materiales, útiles o elementos bajo los siguientes rubros:
     
    i.   Incorporación: Son aquellos que provienen de cualquier título.
    ii.  En tránsito: Son aquellos que provienen de cualquier servicio municipal y no han sido reasignadas a nuevas reparticiones y, en general, los decomisos efectuados por las autoridades.
    iii. Dados de baja: Para los efectos de este reglamento es toda clase de bienes muebles que no sean imprescindibles para el cumplimiento de los fines del municipio, lo que se determinará a petición de cualquier jefe de departamento. La disposición de los bienes muebles dados de baja se efectuará mediante remate público. No obstante, en casos calificados, las municipalidades podrán donar tales bienes a instituciones públicas o privadas, que no persigan fines de lucro.
     

  8. Tendrá un proceso de registro y entrega de suministros, llevando a cabo las siguientes fases, recepción de las especies,
      registro de la concordancia entre lo recibido y lo pedido y registro por centro de costo departamental.

  9. Tendrá la función del registro de material o elementos y su respectiva distribución, se efectuarán en el menor tiempo
      posible.

  10. Disponer los bienes que serán dados de baja del inventario municipal.

  11. Controlar el uso de los bienes muebles del municipio, a fin de que éstos cumplan con las finalidades a que están
       destinados.

  12. La presentación de Informes mensuales de los movimientos realizados, al Alcalde.

  13. Dirigir, coordinar y controlar el mantenimiento, seguridad, aseo y ornato de las dependencias municipales.

  14. Disponer las mantenciones y reparaciones que sean requeridas en las dependencias municipales, previa consulta al
       Alcalde.

  15. Disponer las comisiones de servicio y cometidos funcionarios del personal municipal.

  16. Mantener actualizado la Hoja de Vida de los Vehículos Municipales.

  17. Mantener un registro actualizado del consumo de gas licuado y petróleo destinado a tanto a los vehículos como a los
       motores municipales.

  18. Controlar y vigilar la mantención de jardines y árboles de Villa Ponsomby.

  19. Controlar la correcta disposición final de la basura inerte depositada en el contenedor de Villa Ponsomby.

  20. Controlar y vigilar la recolección de basura domiciliaria, en lugares y vías de uso público.

  21. Mantener la custodia de las llaves de todas las dependencias municipales.

  22. Cumplir las demás funciones que la Ley o el Alcalde le señale,