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La unidad encargada de administración y finanzas tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar al alcalde en la administración del personal de la municipalidad, para lo cual le corresponderá específicamente:
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Controlar el diario mantenimiento del registro de firmas en el Libro de Asistencia.
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Proveer oportunamente los recursos humanos a los Departamentos que lo requieran, habilitando y seleccionando al personal, aplicando las normas relativas a la carrera funcionaria.
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Ejecutar y tramitar los derechos y obligaciones de carácter administrativo, que corresponda a los funcionarios municipales, de acuerdo a las normas vigentes.
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Tramitar los nombramientos y renuncias del personal municipal.
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Mantener registros actualizados del personal de todas las dependencias, en los cuales se incluyan materias relacionadas con datos personales, nombramientos, calificaciones, medidas disciplinarias y otros.
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Programar y ejercer todas las tareas propias de un sistema de calificaciones, para el personal municipal.
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Preparar y actualizar los escalafones del personal, manteniendo al día los registros correspondientes.
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Mantener un archivo con la legislación que afecte al personal municipal, asesorando oportunamente a éstos, sobre las materias de esta naturaleza.
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Elaborar y ejecutar, los programas de capacitación laboral, conforme al Plan de Desarrollo Comunal.
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Proponer y llevar a cabo programas de capacitación para el personal, de acuerdo a los lineamientos generales entregados por el Alcalde y los demás Departamentos.
b) Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:
1. Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales;
2. Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal;
3. Visar los decretos de pago;
4. Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto;
5. Controlar la gestión financiera de las empresas municipales;
6. Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República, y
7. Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
A la unidad encargada de administración y finanzas, le corresponderán las siguientes funciones generales:
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Elaborar estados y/o informes requeridos por los distintos departamentos municipales, el Alcalde, el Concejo y otras entidades o servicios públicos.
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Elaborar los decretos de pago y comprobantes de egreso que corresponda.
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Mantener actualizadas las disponibilidades presupuestarias y de caja, para cada clasificador presupuestario.
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Mantener el registro y control de los documentos que han dado origen a imputaciones contables y que constituyen el respaldo de éstos.
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Calcular y ordenar el pago de patentes municipales por actividades lucrativas, manteniendo un registro actualizado de ellos.
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Calcular y registrar las remuneraciones del personal.
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Confeccionar las planillas de remuneraciones del personal, de acuerdo a las normas legales vigentes.
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Confeccionar las planillas de cotizaciones previsionales, descuentos varios y emisión de cheques respectivos.
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Ejecutar y tramitar lo relativo a licencias, asignaciones familiares y trámites previsionales.
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Mantener la custodia de valores y garantías extendidas a favor de la municipalidad.
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Vender especies valoradas municipales y otras que determine la autoridad a los usuarios.
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Efectuar la cobranza de impuestos y derechos municipales morosos.
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Efectuar oportunamente los pagos municipales que correspondan.
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Revisar los formularios de ingresos y gastos, para la rendición de cuentas a la Contraloría General de la República.
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Elaborar registros e informar periódicamente, a los organismos que corresponda, en materias de su competencia.
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Revisar el comportamiento real de los ingresos, con respecto al presupuesto de caja e informar a los Departamentos o Unidades que corresponda.
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Pagar las remuneraciones del personal municipal y de servicios traspasados.
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Llevar el registro de viáticos, por comisiones de servicio y cometidos funcionarios.
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Realizar las inversiones de los saldos estacionales de caja, en el caso que corresponda.
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Planificar anualmente, el otorgamiento de permisos de circulación.
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Tramitar el otorgamiento de permisos de circulación de vehículos, efectuando el estudio, cálculo y registro correspondiente.
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Mantener actualizado el archivo y registro comunal de permisos de circulación.
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Mantener registros actualizados con el fin de dar cumplimiento con las Leyes Tributarias, y en especial el Libro de Retención de Impuestos.
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Mantener el registro y control de todos los documentos, que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
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Presentar rendiciones de cuenta a las entidades, por fondos entregados y destinados a fines específicos.
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Mantener actualizado el valor de los activos y pasivos de la Municipalidad, en conformidad a los inventarios del patrimonio municipal, como igualmente el ajuste anual por revalorizaciones y depreciaciones del mismo.
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Colaborar con quien corresponda, en la auditoria operativa interna de la Municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad y eficiencia de su actuación.
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Cobro de los derechos determinados en la Ordenanza Municipal.
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Realizar el cobro y recaudación por concepto de entrega de guías de libre tránsito y llamadas telefónicas cuando corresponda.
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Custodia y entrega, a los contribuyentes, de los A-R (aviso-recibo) de bienes raíces de la comuna.
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Cumplir las demás funciones que le señale la Ley o el Alcalde.
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La unidad encargada del desarrollo comunitario tendrá como funciones específicas:
a) Asesorar al alcalde y, también, al concejo en la promoción del desarrollo comunitario;
b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio, y
c) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo. para lo cual le corresponderá específicamente:
- Cumplir con la función de Encargado de Cultura, debiendo procurar la realización de lo siguiente:
a) Fomentar la creación, organización y atención de Museos, Bibliotecas y Centros Culturales de la comuna.
b) Promover el conocimiento de las áreas o centros de interés cultural de la comuna.
c) Fomentar el conocimiento de los valores culturales dentro y fuera de la comuna y promover las actividades tendientes a darle un carácter propio.
d) Establecer contacto con otras instituciones que desarrollen actividades culturales tanto a nivel comunal como nacional, con fines de intercambios.
e) Administrar el Museo Comunal, debiendo velar por el cumplimiento de las siguientes tareas específicas:
e.1) Mantención y limpieza de las dependencias.
e.2) Conservación y ampliación de las muestras existentes.
e.3) Recopilación de material nuevo para el museo.
e.4) Mantener registro actualizado de todas las pertenencias del Museo.
f) Elaborar y ejecutar, los programas culturales, y acciones de difusión del quehacer municipal, conforme con el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO).
g) Organizar y coordinar el desarrollo de las actividades municipales que se realicen dentro o fuera de la comuna, ya sean éstas de orden cívico o cultural.
h) Montar exposiciones artísticas y artesanales diversas.
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Mantener un Registro de Prestaciones de libros a través del Programa Biblioteca Móvil, e informar la labor desarrollada al Alcalde y/o servicios públicos que tengan competencia, mediante un informe mensual.
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Encargarse del funcionamiento de la Biblioteca Municipal.
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Desempeñarse como Encargado del Servicio Incorporado de Educación, esto es, administrar los recursos humanos y físicos de la Escuela G-33, Bernardo de Bruyne, Comuna de Río Verde, labor que se ejecutará de común acuerdo con el Sostenedor del Servicio Incorporado de Educación.
Funciones del área Fomento Productivo.-
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Colaborar con el Alcalde y el Concejo en la elaboración de políticas y acciones destinadas a promover el Aumento de fuentes productivas en la comuna.
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Potenciar las capacidades de la comunidad local, para lograr su desarrollo económico y social.
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Mantener un contacto permanente con los sectores empresariales o fuentes de trabajo en la comuna.
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Fomentar el surgimiento de nuevos polos de desarrollo o fuentes de trabajo en la comuna.
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Colaborar en la formulación de estudios y proyectos de inversión que tengan relación directa con las actividades productivas de la comuna.
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Elaborar el Plan de Desarrollo Turístico Comunal, instrumento que abordará las políticas, proyectos y estrategias destinados a la promoción del turismo en la comuna.
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Mantener vínculos con el Servicio Nacional de Turismo de la Región, a fin de coordinar esfuerzos y colaborar en aquellas materias que propendan al fortalecimiento de la actividad turística de la comuna.
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Mantener permanente contacto y colaboración con el sector privado vinculado a la industria turística nacional y local, de forma tal, de conocer la realidad del sector y apoyar las iniciativas en marcha.
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Mantener información actualizada y elaborar programas de difusión sobre las características del turismo en la comuna y realizar estudios sobre su desarrollo potencial.
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Cumplir las demás funciones que la Ley o el Alcalde le señale.
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De conformidad con el artículo 17 de la Ley N°18.695, la Secretaría Municipal, estará a cargo de un(a) Secretario(a) Municipal, cuyas funciones principales son:
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Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo.
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Desempeñarse como Ministro de Fe, en todas las actuaciones municipales.
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Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la ley N°18.575.
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De acuerdo a este reglamento, le corresponderá además, cumplir las siguientes funciones:
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Desempeñarse como Secretario(a) del Concejo.
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Cumplir diversas actuaciones, dentro de la constitución del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
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Transcribir las resoluciones del Alcalde y acuerdos del Concejo, velando por su conocimiento general.
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Redactar los oficios, decretos, resoluciones, instructivos, circulares y comunicaciones externas que se le encomienden.
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Levantar acta en cada reunión del comité Técnico Administrativo, enviando copia al resto de los Directivos.
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Elaborar el Plan de Emergencia Comunal y prestar atención inmediata, frente a situaciones de emergencia comunal imprevistas (temporales, incendios, etc.)
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Asesorar al Alcalde en la atención de situaciones que requieran su pronunciamiento o decisión directa.
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Efectuar la tramitación administrativa de los sumarios e investigaciones sumarias de la municipalidad y el registro de estos actos, velando por el cumplimiento de los plazos en estas actuaciones.
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Preparar decretos “de baja”, para las especies inutilizadas, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.
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Tener a cargo los libros de registros de marcas y señales de ganado que sean inscritas en esta Municipalidad.
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Tener a cargo la caja para gastos menores y rendir mensualmente de su utilización al Departamento de Contabilidad y Finanzas.
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Corresponderá a la Secretaría Municipal llevar y mantener al día los siguientes archivos:
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Correlativo de oficios reservados despachados.
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De contratos, Convenios y Comodatos suscritos por la Municipalidad durante el año.
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Colaborar con el Departamento de Planificación y Desarrollo Comunitario en la formulación del presupuesto municipal y de los servicios incorporados de Salud y Educación.
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Cumplir con la función de Encargado Comunal de Emergencia.
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Cumplir con la función de Encargado de la Aplicación de la Ley N°20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto por el respectivo Manual de Transparencia.
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Encargarse de la actualización de la página web institucional www.rioverde.cl.
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Desempeñarse como Encargado del Servicio Incorporado de Salud, esto es, administrar los recursos humanos y físicos de la Posta de Salud de Río Verde, labor que se ejecutará de común acuerdo con el Coordinador del Servicio Incorporado de Salud.
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Cumplir las demás funciones que le señale la Ley o el Alcalde.
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De conformidad con el artículo 30 de la Ley N°18.695, el Administrador Municipal será el colaborador directo del Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio, y en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal. El Administrador Municipal, ejercerá las siguientes funciones:
1. Colaborar en la atención de situaciones que requieran el pronunciamiento o decisión del Alcalde.
2. Tramitar lo relativo a las diferentes colectas públicas, rifas o bonos de cooperación, con las cuales se comprometa la autoridad comunal.
3. Efectuar y desarrollar todos los trámites y/o gestiones que sean de iniciativa o que requieren la intervención o participación directa del Alcalde.
4. Cumplir las demás funciones que le señale la Ley o el Alcalde.